Organizador:

Excmo. Ayuntamiento de Alcaudete

Concejalía responsable:

Educación, Medio Ambiente, Sostenibilidad, Accesibilidad y Bienestar Animal

Período de Inscripción:

El plazo para presentar la solicitud será a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (7 de junio de 2024), y finalizará el 19 de julio de 2024 a las 14:00 horas si se realiza por Registro General de Documentos y las 23:59 horas si se realiza por Sede Electrónica.

“NO SE ADMITIRÁ BAJO NINGÚN CONCEPTO, NINGUNA SOLICITUD PRESENTADA CON POSTERIORIDAD AL PLAZO INDICADO”.

Beneficiarios:

Podrán solicitar esta subvención todo el alumnado que esté matriculado en un Centro Educativo del Municipio de Alcaudete en los niveles de Infantil, durante el curso escolar 2024/2025, y además estén empadronados en el municipio junto con su unidad familiar, con un máximo de una solicitud por alumno.

Requisitos:

  1. No tener ingresos netos superiores al 75 % del Salario Mínimo Interprofesional del año 2024, que corresponde a la cantidad de 1.134 euros (el 75% = 850,5 euros) por el nº total de miembros de la unidad familiar.
    Ejemplo:
    Familia con 2 miembros =850,5 € x 2 = 1.701,00 €/mes
    Familia con 3 miembros = 850,5 € x 3 = 2.551,50 €/mes y así sucesivamente.
  2. No incurrir en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el cual señala que no podrán ser beneficiarios de subvenciones las personas o entidades en quienes concurra alguna de las siguientes circunstancias:
    (Se acreditará mediante Modelo de Declaración Responsable, Anexo II).
    1. Haber sido condenadas mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas.
    2. Haber solicitado la declaración de concurso voluntario, haber sido declarados insolventes en cualquier procedimiento, hallarse declarados en concurso, salvo que en éste haya adquirido la eficacia un convenio, estar sujetos a intervención judicial o haber sido inhabilitados conforme a la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.
    3. Haber dado lugar, por causa de la que hubiesen sido declarados culpables, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración.
    4. Estar incursa la persona física, los administradores de las sociedades mercantiles o aquellos que ostenten la representación legal de otras personas jurídicas, en alguno de los supuestos de la Ley 5/2006, de 10 de abril, de regulación de los conflictos de intereses de los miembros del Gobierno y de los altos cargos de la Administración General del Estado, de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, o tratarse de cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, en los términos establecidos en la misma o en la normativa autonómica que regule estas materias.
    5. No hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, en la forma que se determine reglamentariamente.
    6. Tener la residencia fiscal en un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal.
    7. No hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones en los términos que reglamentariamente se determinen.
    8. Haber sido sancionado mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones conforme a ésta u otras Leyes que así lo establezcan.
  3. Estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones fiscales con la Agencia Tributaria, la Seguridad Social, la Junta de Andalucía y la Hacienda Local (se comprobará de oficio).
    Se acreditará mediante Modelo de Declaración Responsable (Anexo II).

Lugar de presentación:

Registro General del Excmo. Ayuntamiento de Alcaudete.
Sede electrónica del Ayuntamiento de Alcaudete.
Oficina E.L.A de Bobadilla
Oficina Municipal de Noguerones.

Documentación:

  • Anexo I. Solicitud disponible en el Registro general del Excmo. Ayuntamiento de Alcaudete y en la página web www.alcaudete.es
    Junto a la solicitud se deberá adjuntar el N.I.F de la persona solicitante.
  • Fotocopia de la Declaración de la Renta del año 2023 de la unidad familiar (en caso de realizarse de forma individual se deberán presentar las declaraciones de ambos cónyuges o en caso de no estar obligado a presentar renta, el certificado de renta negativo).
  • Anexo II. Modelo de declaración responsable para la acreditación de no incurrir en ninguna de las circunstancias recogidas en el Artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Agencia Tributaria, la Seguridad Social, la Junta de Andalucía y la Hacienda Local (se comprobará de oficio).

Importe:

2024-326-48001 “Subvención Material Escolar Educación Infantil”, y la cuantía total máxima es de 26.000 euros para esta convocatoria, siendo el importe de las ayudas de 130 euros por cada beneficiario/a.

Justificación:

Previa comunicación de la Resolución de Alcaldía, los beneficiarios dispondrán hasta el día 29 de noviembre de 2024 para presentar facturas originales (EN LAS MISMAS SE DEBE DESGLOSAR EL MATERIAL ADQUIRIDO), Cheque Libro y Anexo III, junto al certificado de cuenta bancaria, en el Registro General del Excmo. Ayuntamiento de Alcaudete, debidamente cumplimentados.
El Anexo III estará disponible en el Registro general del Excmo. Ayuntamiento de Alcaudete y en la página web www.alcaudete.es, a este anexo se deberá adjuntar el certificado de cuenta bancaria.
Una vez comprobada la documentación aportada y acreditada la justificación, previo informe técnico del órgano gestor, se procederá al pago de la cantidad subvencionada mediante transferencia bancaria a la cuenta adjunta por cada solicitante al Anexo III.

Contacto:

Concejalía de Educación - C/ Carnicería, 64 - 953 560 000 extensión 207 - javier.carrillo@alcaudete.es

Volver